Fuente: http://pulsodelospueblos.com/venezuela-hay-ruptura-del-orden-constitucional/
Venezuela: ¿Hay ruptura del orden constitucional? | PULSO
A través de dos sentencias emitidas esta semana, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela indicó que su tarea central en el marco constitucional es preservar el Estado de Derecho, sobre todo ante factores que pretenden desconocer el ordenamiento jurídico y violar la soberanía nacional.
La Sala Constitucional emitió este miércoles una sentencia en la que advierte que mientras persista la situación de desacato de la Asamblea Nacional (AN), la citada instancia del tribunal “garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho.”
El dictamen, a propósito de un recurso sobre la Ley Orgánica de Hidrocarburos, refiere que las recurrentes acciones de la mayoría de derecha en el Parlamento, órgano que se encuentra en desacato por desconocer decisiones del TSJ, tienen como consecuencia la nulidad absoluta de sus actos.
Para evitar que esa situación afecte el funcionamiento de otros Poderes Públicos, la Sala Constitucional del TSJ ratifica que ejercerá la facultad que le confiere la Carta Magna para resolver cualquier diatriba que exista entre ellos. Por tanto, asume la tarea parlamentaria mientras la AN retorna a la legalidad.
Aun estando en condición de desacato desde inicios de 2016, el Parlamento -con mayoría de los partidos de la derecha- ha promovido acciones que exceden sus atribuciones constitucionales y hacen peligrar la estabilidad democrática de Venezuela, como la firma de tratados internacionales o la juramentación de diputados cuya victoria electoral no se encontraba ratificada legalmente al momento de tomarles juramento.
Particularmente en esta oportunidad, la decisión responde a un recurso interpuesto en el TSJ después que la bancada mayoritaria de la derecha en la AN aprobó un acuerdo que avala la maniobra intervencionista emprendida esta semana por el secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, invocando la Carta Democrática Interamericana. Por este motivo la Sala Constitucional del TSJ emitió el martes pasado una sentencia que ordena al Ejecutivo emprender las medidas que estime necesarias para garantizar el orden constitucional.
El TSJ además aclaró en la sentencia del martes que la misma condición de desacato, que aún mantiene la derecha en el Parlamento, no solo invalida cualquier acto parlamentario o aprobación de leyes y acuerdos, también anula la inmunidad parlamentaria, que de acuerdo a la sentencia del Máximo Tribunal del país solo aplica en actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, lo cual no es compatible con el actual desacato ni con violaciones a las normas constitucionales y penales.
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