por Asamblea Nacional Constituyente de la República Bolivariana de Venezuela
Decreto Constituyente en rechazo al injerencista, inmoral e ilegal llamado a alterar el orden constitucional de la República Bolivariana de Venezuela por parte de un grupo de gobiernos que integran el autodenominado Grupo de Lima y gobiernos que lo conforman
La Asamblea Nacional Constituyente, en ejercicio de su poder originario emanado del mandato conferido por el Pueblo de Venezuela el 30 de julio de 2017 en elecciones democráticas, libres, universales, directas y secretas, de conformidad con lo previsto en los artículos 347, 348 y 349 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las Normas para Garantizar el Pleno Funcionamiento Institucional de la Asamblea Nacional Constituyente en Armonía con los Poderes Públicos Constituidos, dictadas por este órgano soberano y publicadas en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.323 Extraordinario de fecha 08 de agosto de 2017.
CONSIDERANDO
Que la República Bolivariana de Venezuela, como Estado social de derecho y de justicia sostiene con firmeza, soberanía, independencia y democracia los valores de la autodeterminación de los pueblos y ejercicio pleno de sus derechos y deberes en el concierto de las naciones;
CONSIDERANDO
Que hemos sido testigos de uno de los episodios más vergonzosos de la historia diplomática de América Latina al observar como un desesperado grupo de gobiernos de derecha, bajo la tutela e instrucciones, por videoconferencia, del gobierno de los Estados Unidos de América, llama al golpe de Estado y la consecuente alteración del orden constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, desconociendo las autoridades constitucionales, legales y legitimas de nuestra Nación;
CONSIDERANDO
Que sumado a la absurda declaración de este autodenominado grupo de gobiernos que de manera consuetudinaria se reúne para violar el derecho internacional con sus inmorales acciones; han pretendido la imposición de fronteras a la República Bolivariana de Venezuela, atribuyendo soberanía territorial incontrovertiblemente venezolana a otra nación, acción que está al margen del derecho internacional y es asunto exclusivo de la agenda bilateral entre Estados;
CONSIDERANDO
Que pretende este grupo no solo desconocer el derecho internacional, la cooperación internacional, la solución pacífica de controversias y la autodeterminación de los pueblos a través de sus acciones inmorales que buscan afectar la estabilidad de la República Bolivariana de Venezuela; sino además procuran la activación de mecanismos violentos que, alterando el orden constitucional de la Nación, vulneren la expresión democrática, libre y soberana del pueblo venezolano en las elecciones para Presidente de la República del pasado 20 de mayo de 2018;
CONSIDERANDO
Que el proceso electoral del pasado 20 de mayo, convocado por la Asamblea Nacional Constituyente en aras de consolidar la paz nacional se llevó a cabo en estricto apego con dispuesto en la Constitución Nacional, contando además con el cumplimiento estricto de las garantías electorales suscritas entre los candidatos al cargo de Presidente de la República, haciendo énfasis en los procesos de auditoría previa, durante y posterior en el proceso electoral, así como la participación de más de 200 observadores nacionales y acompañantes internacionales quienes dieron fe de la transparencia del mismo;
CONSIDERANDO
Que en razón de la evidente transparencia del proceso electoral, esta Asamblea Nacional Constituyente recibió el informe correspondiente del Poder Electoral así como las credenciales del ciudadano Presidente de la República NICOLÁS MADURO MOROS quien resultó reelecto para el período constitucional 2019-2025, recibiendo el respaldo popular de 67% de los votos;
CONSIDERANDO
Que tales elementos evidencian la postura golpista y violatoria de las mínimas reglas del derecho internacional, expresadas por el grupo de gobiernos satélites de los intereses del gobierno estadounidense, quienes no sólo pretenden aupar expresiones divorciadas de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sino además usurpar la voluntad soberana de millones de venezolanos y venezolanas quienes en paz, democracia, independencia soberanía y libertad dieron legitimidad al proceso electoral del 20 de mayo de 2018;
CONSIDERANDO
Que esta Asamblea Nacional Constituyente ha tomado en cuenta las expresiones de respeto de la mayoría de los estados miembros de la comunidad internacional, quienes reconocen y estiman los resultados electorales del 20 de mayo y tienen para con nuestra Nación una posición constructiva y de respeto absoluto de la soberanía y autodeterminación de nuestro país;
CONSIDERANDO
Que los hijos e hijas de la República Bolivariana de Venezuela, fiel al ideario y pensamiento del Padre de la Libertad Suramericana SIMÓN BOLÍVAR, y al legado de defensa de la patria de HUGO CHÁVEZ; jamás aceptarán ningún tipo de tutelaje o chantaje que eche por tierra nuestra condición de Estado Nación, siendo los venezolanos y venezolanas quienes exclusivamente y con las herramientas de la paz, el respeto a la Constitución y las Leyes, el diálogo y la coexistencia pacífica, quienes determinamos nuestro destino solo obedeciendo los sagrados intereses de nuestro pueblo.
DECRETA
PRIMERO. Rechazar categóricamente la injerencista y violatoria declaración del grupo de gobiernos autodenominados GRUPO DE LIMA y gobiernos que lo conforman, al servicio de los intereses de la élite política estadounidense, quienes mediante una aberrante declaración pretenden rebajar a la República Bolivariana de Venezuela a un estado colonial, con el propósito de alterar el orden constitucional y la paz en nuestro país y la región.
SEGUNDO. Repudiar en todos sus términos que venezolano alguno respalde la inmoral e ilegal declaración del autodenominado GRUPO DE LIMA y gobiernos que lo conforman por ser lesivo a los principios y valores democráticos de la República Bolivariana de Venezuela, violatorio del derecho internacional e injerencista en los asuntos internos de nuestra patria, así como en la pretensión de establecer límites a nuestro soberano e independiente ejercicio sobre el territorio nacional y alterar el orden constitucional de nuestro país.
TERCERO. Exigir de manera categórica a los Poderes Públicos competentes el tratamiento de traidores a la patria, y el establecimiento de las sanciones correspondientes, para quienes expresen su apoyo a la inmoral e ilegal declaración del autodenominado GRUPO DE LIMA y gobiernos que lo conforman, dadas las consideraciones esgrimidas en los términos del presente Decreto Constituyente, por ser lesivo a la Soberanía Nacional.
CUARTO. Si la Asamblea Nacional no actuase en defensa de la Soberanía e Independencia de la República Bolivariana de Venezuela, rechazando en todos sus términos la inmoral, injerencista y violatoria posición del autodenominado GRUPO DE LIMA y gobiernos que lo conforman; la Asamblea Nacional Constituyente, como Poder Originario, Soberano y Plenipotenciario de la Nación ejercerá en consecuencia y con apego estricto a la Constitución Nacional, las acciones necesarias para corregir de manera oportuna y ejemplarizante esta terrible conducta.
QUINTO. Saludar las valientes expresiones de los pueblos y gobiernos del mundo, quienes de manera honesta, constructiva y en respeto de los principios de autodeterminación, soberanía de los pueblos y cooperación internacional, en el marco del multilateralismo, han manifestado su apoyo a la democracia, la libertad y el sistema político de la República Bolivariana de Venezuela.
SEXTO. Respaldar las acciones que el Poder Ejecutivo Nacional estime convenientes para dar respuesta oportuna y proporcionada en cada caso a cualquier tipo de agresión que lleven a cabo estos gobiernos satélites cuya actuación viola el derecho internacional y los intereses de sus propios pueblos, colocándose al lado de los nefastos intereses monroistas de la élite política estadounidense, que tanto daño han infringido a nuestra América Latina.
SÉPTIMO. Reiterar la determinación de esta Asamblea Nacional Constituyente, de seguir transitando los caminos de la consolidación de la paz, la democracia, la independencia, la soberanía el diálogo y la resolución pacífica de los conflictos, como valores supremos del accionar para el cual fuimos elegidos por el pueblo venezolano y a los cuales hemos consagrado nuestra labor cotidiana.
OCTAVO. Ratificar, ante la inmoral e ilegal pretensión de este grupo de gobiernos derechistas de establecer límites territoriales a la República Bolivariana de Venezuela, nuestra indiscutible e incontrovertible soberanía en todo el territorio de la Nación, de conformidad con lo establecido en la Constitución Nacional; en razón de lo cual instamos al Poder Ejecutivo Nacional a continuar en el uso de las herramientas bilaterales del derecho internacional para la resolución de diferendos territoriales donde todos los venezolanos, sin distingo alguno, defendemos nuestros sagrados derechos e intereses; así como a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana a continuar ejerciendo las acciones necesarias para garantizar, en unión cívico militar, el poder de la defensa nacional sobre el territorio.
NOVENO. Ordenar desde esta soberanísima Asamblea Nacional Constituyente, a los poderes judiciales de nuestra Patria, que se abra una investigación inmediata por traición a la Patria a todos aquellos y aquellas que se plieguen a la Declaración del mal llamado Grupo de Lima.
DÉCIMO. Publíquese el presente Decreto Constituyente en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado y firmado en la Asamblea Nacional Constituyente, en Caracas, a los ocho días del mes de enero de dos mil diecinueve. Años 208° de la Independencia, 159° de la Federación y 19° de la Revolución Bolivariana.
Cúmplase,
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